Sábado, 11 de octubre del 2008 
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FAQ Tarjetas

1.-¿Se puede negar un establecimiento a cobrarnos con tarjeta?
Si el establecimiento tiene el sistema adecuado para realizar cobros en tarjeta pero se niega a utilizarlos el cliente puede exigir reclamaciones por daños y perjuicios en base al art. 1101 del Código Civil.

2.-¿Qué hacer si un banco o caja cobra unas comisiones no previstas o superiores a las contratadas?
Los Bancos estan obligados a librar al Banco de España un folleto con las comisiones que cobran a los clientes, si estas comisiones no se corresponden con las entregadas al Banco de España, el cliente puede reclamar a la entidad la anulación de las mismas, en caso de no ponerse de acuerdo con la entidad bancaria se puede dirigir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

3.-¿Qué cantidad debe pagar el cliente si pierde una tarjeta y se hace un uso fraudulento de la misma?
En teoria la máxima cantidad que debe afrontar el cliente son 150 euros siempre que la negligencia no haya sido "grave". En caso de no llegar a un acuerdo con la entidad se puede acudir al Banco de España o a los tribunales.

4.-¿Puede cobrar la entidad bancaria gastos de una tarjeta una vez dada de baja?
Una vez se ha notificado al banco la pérdida de la tarjeta, el cliente ya no tiene responsabilidad ninguna y no deben cargársele ningún gasto por uso de la misma.

5.-¿Si la tarjeta se ha quedado sin saldo, el banco puede cobrar la deuda utilizando otros depósitos del cliente?
En general se incluye una cláusula en los contratos por los que se autoriza a la entidad a realizar esta operación siempre que: esten perfectamente identificados los titulares de las cuentas que se compensan y que en el contrato exista esta cláusula.

Más Preguntas Frecuentes

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